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6 Puntos clave que te ayudarán a entender lo que sucederá con los cigarros y su venta

A partir del 15 de enero se modificó la Ley General para el Control de Tabaco que prohibe la venta y consume de cigarrillos
lunes, 16 de enero de 2023 · 15:28

Este 15 de enero entro en vigor la Ley General para el Control de Tabaco, en la cual ha quedado prohibido exhibir las cajetillas de cigarrillos, además de poder consumir tabaco en terrazas de bares, restaurantes y algunas áreas concurridas por un extenso número de personas conocidos como “concurrencia colectiva”, situación que ya ha causado gran molestia a los empresarios y algunos otros dueños de pequeñas tiendas.

Ante esta situación, muchos han sido los que levantaron la voz, principalmente porque se trata de algo que traería miles de perdidas económicas. Por esto mismo, hoy te traemos algunos puntos para entender un poco más a detalle lo que está sucediendo y como afectará o lo que esto significa.

Puntos clave para entender lo que sucede con el tema de los cigarros

1. No estarán a la vista

De acuerdo a la Ley General para el Control del Tabaco, se establece en el artículo 33 que los puntos de venta de todo el país no podrán mostrar directa o indirectamente las cajetillas, es decir deberán ocultarlos para que no los tengan a la vista directamente para las personas, incluyendo: estantes, mostradores y exhibidores donde puedan tomarlos u observarlos.

De acuerdo a la Ley General para el Control del Tabaco quedará prohibido mostrar en estantes las cajetillas.
Foto: Unsplash

2. No comercial

De acuerdo a lo publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de septiembre del 2022 no deberá existir ningún tipo de publicidad o tener a la vista algo que tenga o haga mención, a la compra/venta de cigarrillos, evitando así inducir a las personas a comprarlos o siquiera acercarlos a tal artículo, alentando o promoviendo.

3. Espacios públicos

Anteriormente las personas podían fumar en diversos espacios públicos o lugares de concurrencia colectiva, es decir parques, paradas o zonas cercanas a escuelas, ahora esto quedará estrictamente prohibido, pues de acuerdo al gobierno incita a que los más jóvenes caigan en este vicio, por lo que no se permitirá.

4. Carteles

De acuerdo también a la norma deberán colocarse carteles en los que se haga de conocimiento público que las personas que existen lugares en donde queda estrictamente prohibido fumar y que estas áreas son espacios libres de humo. Por tal motivo, aquellas personas que quieran prender un cigarro, deberán apagarlo inmediatamente, en caso de no acatar la orden se les solicitará que abandonen el espacio.

5. Amparos

Es importante destacar que sí eres un empresario o dueño de algún negocio que tiene en venta este tipo de artículos, podrás ampararte para evitar perdidas económicas. En esta lista también entran cadenas comerciales y restauranteros que tienen estos artículos a la venta. Esto también derivado del artículo 5 de la Constitución en contra de la Libertad del Comercio; la venta de tabaco no es un producto prohibido hoy en día, por lo que no deberían prohibirte venderlo.

6. Permiso

Finalmente, de acuerdo a lo que decretó la Secretaría de Salud, la comercialización de este tipo de productos podría realizarse, siempre y cuando se realice una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipo, sellos o marcas, mismas que deberán cumplir con las características que ha establecido la dependencia.