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Esto es lo que debes saber sobre el etiquetado de alimentos; te damos una guía rápida

Conoce todo sobre los recientes requisitos comerciales y sanitarios que deben presentar los alimentos y bebidas
miércoles, 21 de julio de 2021 · 11:13

El 20 de octubre del año pasado entró en vigor la modificación a la NOM251-SCFI/SSA1-2010, la cual ha obligado a las empresas a ser más claros y precisos en los etiquetados de los alimentos y bebidas; un asunto que resultaba urgente ante las condiciones de salud que se vivían desde hace varios años en nuestro país. 

En 2016 México declaró una alerta epidemiológica nacional debido a la alta mortalidad y la carga de enfermedades asociadas con la obesidad y la diabetes, las cuales están relacionas con la calidad de la alimentación y el estilo de vida. Por ello, en julio de 2019, se presentó en la Cámara de Diputados la iniciativa para modificar la Ley General de Salud en materia de etiquetado.

La modificación de esta normatividad hizo que todos los etiquetados fueran más claros, precisos, rápidos y simples. Y aunque muchos hemos visto los ya famosos sellos octagonales que indican excesos de calorías, sodio, grasas trans, grasas saturadas y azúcares; hay mucho más detrás de esta reglamentación. 

Conoce todo sobre los recientes requisitos comerciales y sanitarios y el sistema de etiquetado frontal que deben presentar los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas que se comercializan en México con esta sencilla guía.


GUÍA BÁSICA SOBRE EL NUEVO ETIQUETADO DE ALIMENTOS

1. Todos los alimentos y bebidas preenvasadas deben presentar: 

  • Nombre o denominación del producto
  • Lista de ingredientes
  • Contenido neto y masa drenada
  • Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal.
  • País de origen
  • Identificación del lote
  • Fecha de caducidad o de consumo preferente
  • Productos preenvasados con Norma Oficial Mexicana

2. Información clara y verdadera: La información contenida en los etiquetados debe ser veraz. Describirse y presentarse de forma que no induzca a error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del producto.

3. Indicaciones claras: Si el producto no lleva sellos y leyendas precautorias por su naturaleza, puede declararlo únicamente de forma escrita mediante la frase “Este producto no contiene sellos ni leyendas”.

4. Sin dibujos: En caso de que el producto lleve uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, no puede incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas o elementos interactivos. 

5. De qué está hecho:  La denominación del producto debe aparecer en letras negritas en la exhibición principal de la etiqueta, en línea paralela a la base como se encuentra diseñado el producto.

6. Productos imitación: Para el caso de estos productos, la denominación IMITACIÓN debe aparecer en la parte superior izquierda de la superficie principal de exhibición, en letras negritas y con fondo claro en un tamaño del doble al resto de la denominación. Tampoco pueden hacer uso de las palabras tales como “tipo”, “estilo” o algún otro término similar.

7. Sobre la lista de ingredientes: Los ingredientes del alimento o bebida deben enumerarse por orden cuantitativo (de mayor a menor cantidad) y deben indicar el agua añadida por orden de predominio, excepto cuando ésta forme parte de un ingrediente compuesto.

8. Tipo de azúcares: Deberán indicar si se trata de azúcares libres o añadidos, o bien, indicar si hay ingredientes de esta naturaleza compuestos.

9. Posibles reacciones: Se deben declarar todos aquellos ingredientes o aditivos que pueden causar hipersensibilidad, intolerancia o alergias indicar en negritas.

10 Sobre los aditivos: Deberán declararse con el nombre común o con alguno de los sinónimos previamente establecidos. Las enzimas y saborizantes, saboreador o aromatizantes pueden ser declarados como denominaciones genéricas, excepto la cafeína, la cual debe ser declarada de forma específica.

11. Uso de avales: Si un producto contiene sellos de advertencia no podrá contar con el respaldo de asociaciones médica.